SEREMI DE SALUD REALIZA FISCALIZACIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL Y SUSTANCIAS PELIGROSAS

Con la finalidad de resguardar las condiciones laborales en que se encuentran trabajadores que hoy se desempeñan en condiciones expuestas al aire libre, la Secretaría Regional Ministerial de Salud realizó una fiscalización sanitaria para resguardar a personas que estén expuestas al Agente de Riesgo FRIO; fiscalizaciones de la autoridad sanitaria, que también incorporan la manipulación y venta de sustancias peligrosas.

Coyhaique. En este contexto, Luis Garzo, Encargado de la Unidad de Medio Ambiente de la Seremi de Salud, abordó más en detalle las fiscalizaciones que se realizan a quienes comercializan sustancias peligrosas. “De acuerdo a lo que establece el decreto 43 del año 2015 del Ministerio de Salud, debemos revisar las condiciones que deben tener los locales que almacenan y comercializan sustancias peligrosas, deben contar con señaléticas correspondientes, que en el caso de líquidos se exige un tipo de bandeja autocontenidas en caso de derrames, sistemas de extinción de incendios, pasillos y vías de escape expeditas, etc. Todo para resguardar la seguridad de las personas.”

Es así como en forma permanente, profesionales de la Unidad de Salud Ocupacional de la Seremi de Salud, realizan fiscalizaciones a diferentes sectores productivos, entre ellos el comercio establecido. Tal como ocurrió con los trabajadores de centros de distribución y comercialización de combustibles. Un hecho que fue destacado por Luis Bórquez Ruíz, Operario de una de las bencineras fiscalizadas. “Está bien que vengan a fiscalizar, para uno andar bien porque hay empresas que no entregan todos los implementos de trabajo y no se rigen a la Ley. En los turnos de noche se siente más frío. Acá tenemos todos los implementos de trabajo, nos entregan los térmicos, los zapatos y parkas, todo bien.”

Similar opinión fue la que entregó Oscar Mansilla, Gerente Tienda Homecenter Sodimac Coyhaique. “Hace muchos años hicimos un cambio de mentalidad, que nos lleva a mirar la prevención de una forma distinta, con una mayor importancia porque estamos cuidado personas, y este tipo de fiscalizaciones nos ayuda ver si hay algún error, si hay algún detalle y cosas que mejorar, porque entre todos nos debemos a las comunidades, a la gente, las personas que vienen a esta tienda y quieren estar seguros.”

Finalmente, la Seremi de Salud, Alejandra Valdebenito Torres, indicó que este tipo de medidas forman parte de los roles que debe cumplir el Ministerio de Salud. “Esta secretaría ministerial, debe fiscalizar y sancionar disposiciones del Código Sanitario. Asimismo, a través de un equipo de profesionales, fiscaliza además materias como higiene y seguridad del ambiente, y de los lugares de trabajo, entre otras materias. Razón por la cual, nuestro trabajo no solo está enfocado a resguardar la salud de las personas que cumplen con un determinado trabajo, sino que además las de su entorno y el de la propia comunidad.”

Cabe señalar que en lo que va corrido de este año, las unidades de fiscalización de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, han cursado más de 250 sumarios en las distintas áreas de trabajo que comprende este servicio; lo anterior, con el propósito de garantizar la salud de la población regional.

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Por RLN | julio 2019

¿CUÁLES SON LOS LUGARES QUE PRODUCEN MÁS BASURA EN CHILE?

Recientemente el CEDEUS (Centro de Desarrollo Urbano Sustentable) estableció un ranking con 10 de las ciudades de nuestro país que generan una mayor cantidad de desechos al día en base a estudios realizados durante el año pasado.

Según informó La Tercera, la sustentabilidad urbana y sus indicadores, expresaron la existencia de considerables variaciones y diferencias entre una ciudad y otra. Del mismo modo cabe mencionar que dichos índices fueron elaborados en función de los datos disponibles en el portal de transparencia de la municipalidad de cada comuna.

Entre las que comuna que aportaron sus datos, el estudio indicó que las 10 comunas que diariamente producen más kilos de basura por persona son, San Ramón (1,68 kg); San Nicolás y Lo Espejo igualadas con 1,63; La Granja (1,60); Quinta Normal (1,54); Huechuraba (1,48 kg); Vitacura (1,45 kg); Santiago y Providencia con 1,42, y finalmente Cerro Navia y Puerto Varas ambas con 1,41 kilogramos. Con lo que se resume que por lejos, la Región Metropolitana es el territorio que más genera basura y desechos a nivel nacional.

Ricardo Truffello, académico del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales UC y director del Observatorio CEDEUS, detalló en profundidad al propio medio escrito, la forma en que las cifras fueron interpretadas y analizadas a la hora de realizar el estudio, haciendo hincapié en los estándares utilizados para calcular con exactitud la cantidad de basura intradomiciliaria producida per cápita.

«Bajo los 500 gramos se considera sustentable, entre 500 y 700 gramos se habla de que va en camino a la sustentabilidad, y sobre los 700 gramos, no sustentable», señaló el mencionado director. De esta forma, ninguna de las comunas del top 10 está cerca de convertirse en sustentable.

Aunque algunas investigaciones manifiestan una relación positiva entre el nivel de ingreso y el nivel de basura producida por día, «no es tónica en todas las comunas», teniendo en cuenta el ejemplo de la comuna de San Ramón, que encabeza el listado, por motivos que CEDEUS sugiere analizar.

En consideración de que no todos los municipios liberaron esta información, el directivo recalcó lo importante, de «hacer seguimiento de esas cifras por un tema de transparencia y focalización de políticas públicas, si no hay datos estás de manos atadas para saber dónde se ponen los recursos».

Marco Sarmiento | julio, 2019

PLAN DE TRABAJO RETIRO DE PLANCHAS DE ASBESTO

Remain te asesora para realizar esta actividad, lo principal del plan es contar con la siguiente información:

PUNTO 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE LAS EMPRESAS:

En este punto se deben indicar todas las empresas y/o personas que participarán en el manejo de los MCA, considerando como mínimo las siguientes:

1.1.  Identificación del DUEÑO O PROPIETARIO de los materiales y equipos con asbesto (pueden ser: una persona natural o jurídica; un Comité o Junta de vecinos; una empresa; un establecimiento educacional; un establecimiento de salud; una institución publica o privada; el propietario de una casa habitación particular; etc.):

  • Nombre completo o Razón social, Rut, dirección, comuna, rubro actividad, teléfono y correo electrónico
  • Nombre completo y Rut del representante legal
  • Nombre, Rut, profesión del encargado o responsable de los trabajos durante su ejecución. Indicar para qué empresa trabaja.
  • Nombre, Rut y N° de Registro del Experto en Prevención de Riesgos, si lo tuviera. Indicar para qué empresa trabaja.
  • Copia de contrato firmado entre empresa constructora, la EGIS/PSAT y Comité o Junta de Vecinos (para trabajos en Juntas de 
Vecinos o Comités de viviendas)
  • Copia de certificado de vigencia de Junta de Vecinos (para trabajos en Juntas de Vecinos o Comités de viviendas
  • Dirección y comuna donde se realizarán los trabajos

1.2.  Identificación de la EMPRESA EJECUTANTE del trabajo de demolición, retiro, reparación encerramiento, encapsulamiento y/o desmantelación de los materiales o equipos con asbesto:

  • Razón social, Rut, dirección, comuna, rubro, teléfono y correo electrónico
  • Copia de planilla de pago de cotización al respectivo Organismo Administrador de la Ley 16744.
  • Nombre del representante legal y Rut del representante legal de empresa ejecutante del trabajo
  • Listado con nombre completo y Rut de los trabajadores que participarían en las faenas, por empresa. Los trabajadores que 
realicen estas labores con materiales con asbesto deben contar con contrato de trabajo vigente
  • Nombre, Rut, profesión del encargado o responsable de los trabajos durante su ejecución. Indicar para qué empresa trabaja.
  • Nombre, Rut y N° de Registro del Experto en Prevención de Riesgos, si lo tuviera. Indicar para qué empresa trabaja.

1.3.  Identificación de la empresa que ha subcontratado la ejecución del trabajo con asbesto, cuando corresponda, indicando su razón social, Rut, domicilio, comuna, como también nombre completo y Rut del representante legal

1.4.  Identificación del autor de Plan de Trabajo, indicando su nombre, Rut, teléfono y correo electrónico

PUNTO 2.- OBJETIVO DEL PLAN

En este punto se deben indicar el ó los objetivos generales y los objetivos específicos, que se persiguen al realizar los trabajos con los MCA. Tanto el objetivo general del plan como los objetivos específicos de este, deben apuntar a controlar los riesgos propios de los trabajos con asbesto, tanto para trabajadores como para la comunidad en general, de manera de prevenir la exposición a asbesto y evitar así el desarrollo de nuevos casos de personas afectadas por esta fibra. También deben considerarse otros riesgos que presenten estos trabajos según sus características específicas.

PUNTO 3.- DEFINICIONES O CONCEPTOS APLICABLES AL PLAN

En este punto se deben mencionar todas las definiciones y/o conceptos necesarios para comprender el contenido del Plan de Trabajo y que establezca la empresa además de incluir las siguientes:

  • Asbesto Friable: mineral de asbesto que se encuentra libre, en mangas, paquetes o como parte de un material, en condiciones de desmenuzarse.
Asbesto no Friable: mineral de asbesto que se encuentra encapsulado con algún material que no permita su desmenuzamiento.
  • Demoler: comprende las labores de desmantelar o derribar parcial o completamente una obra o edificación.
Desmantelar: corresponde a las labores de desarmar parcial o completamente una obra, nave, edificación, maquina o equipo.
  • Empresa Generadora o propietaria: persona natural o jurídica a quien pertenece la instalación, actividad, equipo o maquinaria que contenga materiales con asbesto.
  • Empresa Ejecutante: Persona natural o jurídica responsable de realizar operaciones con materiales que contengan asbesto, la que deberá contar con Autorización Sanitaria.
  • Encierro: Barrera hermética permanente construida alrededor de un área o material que contiene asbesto para controlar la liberación de fibras de esta sustancia al aire.
  • Material que Contiene Asbesto (MCA): Aquel que contiene asbesto. Como ejemplo, los siguientes materiales fabricados antes del año 2001 que presenten asbesto: productos de asbesto-cemento como Tubos, Tejas, Planchas onduladas, Planchas lisas, Estanques de almacenamiento de Agua, algunos Materiales de Aislamiento Térmico y/o Eléctrico, materiales para cubrir el piso como pisos vinílicos, entre otros.
  • Material que contiene asbesto Friable (MCAF): Material que contiene asbesto y al estar seco, se puede desmenuzar, pulverizar o reducir a polvo con la presión de la mano. Incluye también el material no friable, que luego de ser dañado y estando seco, se puede desmenuzar, pulverizar o reducir a polvo por la presión de la mano.
Material que contiene asbesto No Friable (MCANF): aquel material que contiene asbesto, pero que cuando esta seco no se puede desmenuzar, pulverizar o reducir a polvo con la presión de la mano.
  • Material conservado: aquel que mantiene su estructura sin alteración.

PUNTO 4.- ASPECTOS ORGANIZACIONALES

  • 
4.1. Indicar las responsabilidades y funciones de los trabajadores en todos los niveles jerárquicos (desde el nivel superior de jefes, supervisores, etc. hasta los ejecutantes directos de los trabajos).
  • 4.2.  Indicar horarios de trabajo diario, horario colación, días de la semana en que se trabajará y duración estimada para los trabajos.
  • 4.3.  Adjuntar carta Gantt.

PUNTO 5.- NATURALEZA DEL TRABAJO Y LUGAR EN QUE SE EFECTÚA.

  • 5.1.  Detallar la forma en que se presenta el MCA, especificando si se trata de planchas, pisos, cielos, tubos, aislación térmica, etc.; señalar su 
antigüedad aproximada (en años); indicar si se encuentra expuesto a inclemencias climáticas y su estado de conservación (friable: 
dañado, envejecido o frágil; o no friable si por el contrario se observa en buen estado de conservación).
  • 5.2.  Adjuntar fotografías y plano (croquis) identificando los lugares donde se encuentra el material con asbesto, como techos, paredes, bajo tierra, generador de vapor, etc.; indicar la ubicación zona de la descontaminación, vías de circulación y zonas de almacenamiento 
transitorio de residuos con asbesto
  • 5.3.  Indicar la superficie en metros cuadrados, volumen en metros cúbicos y peso en toneladas del material con asbesto.
  • 5.4.  Especificar el tipo de construcción o edificación a intervenir señalando si corresponde a edificio, comunidad, empresa, casa habitación, 
galpón, escuela, consultorio, comité, u otro)
  • 5.5.  Especificar el tipo de trabajo a realizar señalando si corresponde a demolición, reparación o desmantelación de materiales con asbesto.
  • 5.6.  Para trabajos en altura o en profundidad, indicar el desnivel respecto al suelo al que se encuentra el MCA (en metros).
  • 5.7.  Se debe especificar cual es el uso actual de la construcción, máquina o equipo con asbesto a intervenir y las medidas de seguridad que 
se adoptarán para evitar exposición de otros trabajadores que se encuentren en el lugar y que no forman parte de estos trabajos
  • 5.8.  Indicar tipo de vecinos colindantes al lugar de trabajo, ya sea si es casa-habitación, bodegas, taller, consultorio, etc., (norte, sur, este y 
oeste).

PUNTO 6.- PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO PARA EL MANEJO DE ASBESTO.

  • 6.1.  Detallar el procedimiento de trabajo que se seguirá para el retiro de MCA.
  • 6.2.  Especificar si se utilizará maquinaria o herramientas auxiliares que permitan el manejo del material para evitar la liberación de fibras y 
polvo al ambiente.
  • 6.3.  Para trabajos en altura o en profundidad, indicar como subirán y bajarán los trabajadores y la descripción de las superficies de trabajo.
  • 6.4.  Para trabajos en altura o en profundidad, indicar el procedimiento a seguir para bajar o izar el material con asbesto, especificando si se 
utilizarán andamios (sus características), estrobos, cuerdas de vida, escaleras, escalas, plataforma de elevación de tijera, u otros.
  • 6.5.  En caso de tener que caminar o acumular MCA en estructuras que se encuentren en altura, especificar la forma en que se realizará y las 
especificaciones de las superficies de tránsito en altura como tablones, pasarelas, etc.

PUNTO 7- MEDIDAS DE CONTROL ADOPTADAS PARA EVITAR GENERACIÓN Y DISPERSIÓN DE FIBRAS DE ASBESTO AL AMBIENTE.

Se exige que:

  • 7.1.  Encapsule el material con asbesto con producto que evite la liberación de las fibras de éste (ejemplo: disolución de látex vinílico al 20%).
  • 7.2.  No se puede utilizar solución jabonosa ni agua sola
  • 7.3.  Para aplicar el líquido encapsulante No se puede utilizar rodillos.
  • 7.4.  Se limpie la estructura donde se encontraba el material con asbesto. Para esto debe indicar la utilización de paños húmedos y aspiradora 
de alta eficiencia con filtro HEPA (High Efficiency Particulate Air), de manera de que no quede fibra de asbesto y que estos residuos serán eliminados como residuos en los contenedores, etiquetados y ser manejados de igual forma que el resto de los residuos de materiales con asbesto
  • 7.5.  El MCA sea envuelto en plástico de a lo menos 80 micras de espesor, u otro tipo de envoltorio o encapsulado, pero de igual o mejor calidad, y etiquetado. En todo caso, las bolsas u otros sistemas utilizados deben ser suficientemente resistentes de manera de permitir el transporte y disposición final de estos residuos sin su rompimiento.
  • 7.6.  Indicar si se adoptarán medidas adicionales y explicarlas.

PUNTO 8- TIPO, USO Y MANTENCIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP).

Debe indicar que se entregarán los siguientes elementos de protección personal (EPP) a los trabajadores:

  • Protección respiratoria como máscara de medio rostro con filtro P100 u otra de igual o mejor calidad. No se acepta uso de 
protección respiratoria desechable
  • Ropa de trabajo como buzo desechable (tipo Tyvek) con capucha y cubre calzado
  • Zapatos de seguridad
  • Guantes de seguridad
  • Lentes de seguridad
  • Casco de seguridad

TODOS los EPP según los riesgos presentes (Especial preocupación para TRABAJOS EN ALTURA O BAJO TIERRA).

PUNTO 9.- CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA DE DESCONTAMINACIÓN DE LOS TRABAJADORES

  • 
9.1. Debe implementar zona de descontaminación donde solamente los trabajadores que manipularán el material que contiene asbesto 
(MCA) se descontaminarán.
  • 9.2. Esta zona debe ubicarse lo más cerca posible al área de trabajo con MCA
  • 9.3.  Debe adjuntar croquis o plano de la zona que implementará con las dimensiones de las tres zonas que la conforman (alto, ancho y largo en metros).
  • 9.4.  En caso de que esta zona se debe ubicar a distancia de la zona de trabajo, debe indicar la forma como se trasladarán los trabajadores desde el lugar de trabajo hasta la zona de descontaminación, señalando la distancia entre ambos y las características del vehículo que se utilizará para el traslado. 
Sus características reglamentarias son:
  • 9.5.  Debe estar formada por tres zonas: “Zona Sucia”, “Zona de Duchas” y “Zona Limpia”
  • 9.6. Las tres zonas se deben ubicar en forma lineal.
  • 9.7. Las tres zonas deben estar claramente señalizadas por el exterior, de manera que sean identificadas fácilmente por los trabajadores.
  • 9.8.  La superficie para cada Zona (Sucia, Duchas y Limpia) deberá ser como mínimo 1m2 por trabajador, y la superficie total debe estar 
asociada a la cantidad de trabajadores que utilizarán esta zona simultáneamente.
  • 9.9.  La zona sucia y la zona de duchas deben estar impermeabilizadas, incluyendo sus paredes, puertas, pisos y cielos.
  • 9.10.  El acceso a la Zona Sucia debe ser independiente del acceso a la Zona Limpia;
  • 9.11.  En la Zona Sucia los trabajadores podrán limpiar sus EPP en forma manual con esponjas o paños húmedos, además de utilizar una 
aspiradora con filtros de alta eficiencia HEPA (High Efficiency Particulate Air), de manera de asegurarse que no se generará liberación de fibras de asbesto al aire. En esta zona se debe instalar un contenedor donde se eliminarán los EPP desechables contaminados con asbesto. Este contenedor debe estar en buen estado de limpieza, con bolsa plástica en su interior y tapa, etiquetado con señalética de “Asbesto”.
  • 9.12.  La Zona de Duchas (ubicada entre la zona sucia y la zona limpia) deberá contar con abastecimiento de agua caliente y fría, y evacuación de aguas residuales al alcantarillado.
  • 9.13.  La Zona Limpia deberá contar con 2 casilleros por trabajador, uno de ellos para guardar la ropa limpia (de calle) y el otro para guardar los EPP que no sean desechables y que se han descontaminado antes de ser guardados;
  • 9.14.  El acceso a la Zona Sucia debe contar con un perímetro de seguridad, para evitar que las personas o comunidad ajena a ésta actividad, transiten cerca y se expongan a las fibras asbesto.
  • 9.15.  Contar con un Programa de Descontaminación Diario de las Zonas Sucia y de Duchas, ya sea con paños húmedos y/o aspiradora con filtros HEPA. Los residuos generados producto de ésta limpieza deberán ser dispuesto con el resto de los residuos contaminados con asbesto, en bolsas, bien selladas y etiquetada con Señalética de “Asbesto”. El personal a cargo de esta labor deberá utilizar los EPP correspondiente a este contaminante;

PUNTO 10- PROCEDIMIENTOS PARA EVALUACIÓN Y CONTROL DEL AMBIENTE DE TRABAJO.

  • 10.1.  Esta sección debe ser incluida principalmente en trabajos con ASBESTO FRIABLE, debido a que es el tipo de trabajo con más riesgo de 
liberación de fibra.
  • 10.2.  Se debe especificar el programa de muestreo del ambiente laboral que realizará el respectivo organismo administrador de la Ley 16744 
(ISL, ACHS, Mutual de Seguridad de la CCHC, IST o alguno de la administración delegada), y que debe incluir principalmente muestreos de tipo personal, y ser tomados durante la realización de los trabajos, y en algunos casos especiales se deberá realizar muestreo ambiental durante los trabajos o inmediatamente finalizados.
  • 10.3.  Para determinar el número de muestras a tomar se debe considerar el tipo de trabajo a realizar, el número de trabajadores, de puestos de trabajo, duración de estos, entre otros.
  • 10.4.  Estas mediciones deberán cubrir a lo menos el 70% de la jornada diaria de trabajo. En caso que los resultados superen la normativa vigente, el plan deberá contemplar medidas que se adoptarán para tales casos.
  • 10.5.  Para las evaluaciones ambientales de asbesto debe considerar las Resoluciones establecidas por el Instituto de Salud Publica en estas materias.

PUNTO 11.- MANEJO DE RESIDUOS

  • 11.1.  Indicar la dirección exacta donde se almacenarán transitoriamente los MCA
  • 11.2.  Indicar la forma en que se almacenarán transitoriamente los residuos de MCA; las características de construcción de la zona de 
almacenamiento; el tipo de contenedor donde se depositarán; especificar el tipo de material del piso (tierra, asfalto, gravilla, radier, etc.), de paredes y techo. El piso debe ser cubierto con plástico de a lo menos 80 micras de espesor, u otro tipo de material, pero de igual o mejor calidad.
  • 11.3.  Indicar la forma como se trasladarán los MCA desde el punto de generación hasta el lugar de almacenamiento transitorio, señalando la distancia entre ambos y si utilizarán grúa horquilla, transpaleta, carro, vehículo u otro medio de transporte.
  • 11.4.  En particular, para los residuos peligrosos de asbesto se debe incluir una descripción detallada del manejo de estos residuos, la que debe cumplir con lo establecido por Decreto Supremo 148/2003 del Minsal.

PUNTO 12.- CONTENIDO DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO A TRABAJADORES

12.1.  Todos los trabajadores que participen en trabajos con MCA deberán ser capacitados y entrenados obligatoriamente antes del inicio 
de trabajos

12.2.  La capacitación y entrenamiento debe ser realizada por persona competente en las materias a tratar, de manera de entregar conocimientos técnicos junto con motivar a los trabajadores para su aplicación, transmitiéndoles los beneficios o consecuencias que conllevan para la salud y seguridad de los trabajadores el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas. Para esto puede solicitar apoyo al respectivo Organismo Administrador de la Ley 16744 (ISL, ACHS, Mutual de Seguridad de la CCHC, IST o alguno de la administración delegada).

12.3.  Con respecto a la capacitación de los trabajadores involucrados en los trabajos, se debe acreditar la siguiente información:

  • Número de horas de duración
  • El nombre completo, Rut y profesión de persona que dictó o dictará la capacitación y entrenamiento.
  • Indicar si Organismo Administrador de la Ley N°16.744 entregará capacitación y entrenamiento y su contenido
  • Respecto de los trabajadores capacitados, se deberá acreditar el registro con el nombre (letra legible), Rut y firma de cada uno 
de ellos.

 

PUNTO 13.- PROGRAMA DE VIGILANCIA MÉDICA A LOS TRABAJADORES

Se deberá acreditar mediante un certificado o un correo electrónico emitido por el Organismo Administrador de la Ley 16.744 al cual se encuentre afiliada la empresa EJECUTANTE, que todos los trabajadores están ya incorporados (o en proceso de ser incorporados) al respectivo “Programa de Vigilancia de Salud de los Trabajadores por Exposición a Asbesto”.

PUNTO 14- SISTEMAS DE REGISTRO.

  • 14.1.  Debe establecer los respectivos sistemas de registros que permitan realizar el control de las actividades y procedimientos establecidos 
de manera de verificar su cumplimiento.
  • 14.2.  Los registros, incluyendo el presente Plan de Trabajo, deben ser mantenidos en obra de manera tal que puedan ser consultados 
fácilmente en caso de ser solicitado.
  • 14.3.  Entre los registros debe incluir las listas de chequeo para control de actividades diarias, que contemplen las tareas a realizar antes del 
inicio de los trabajos, durante la ejecución de los mismos, y para las tareas a realizar una vez finalizado el manejo de MCA propiamente tal; registro sobre la entrega de capacitaciones y entrenamientos realizados a los trabajadores, cuyo formato debería incluir: el nombre del relator de la capacitación, su Rut y profesión; los contenidos de ella; duración (en horas); y fecha de entrega. Respecto de los trabajadores capacitados, se debería registrar el nombre (letra legible), Rut y firma de cada uno de ellos.
  • 14.4.  Debe mantener en la obra una copia actualizada y completa del PLAN DE TRABAJO presentado a esta autoridad sanitaria

 

PUNTO 15.- AFICHES Y SEÑALIZACIONES


  • 15.1. Debe utilizar los formatos de señalizaciones que se indican más abajo, con los que se demarcarán las áreas restringidas, zonas de
  • trabajo, los residuos de MCA y contenedores con residuos.
  • 15.2. Debe señalizar las áreas que presenten restricciones o actividades prohibidas (como: prohibido fumar y comer en zonas de trabajo), el
  • uso de EPP requeridos por área, zona limpia, zona sucia, duchas, entre otros.

ALMACENAMIENTO SUSPEL (BODEGAS ADYACENTES)

Remain te presenta este caso práctico desarrollado por nuestro Departamento de Proyecto, en el cual buscamos la mejor opción técnica y eficiente para el requerimiento de almacenamiento Suspel de nuestro cliente.
Cantidades de Sustancias Peligrosas
Se utilizará una bodega de 25,65 m2, la cual estará dividida en dos partes iguales cuyo destino será para almacenar 6 toneladas de sustancias inflamables y 6 toneladas de sustancias que no tienen características de peligrosidad, respectivamente.
En consecuencia, se utilizará una Bodega para sustancias peligrosas adyacente, que se define “como aquella Instalación que tiene, al menos, dos muros que dan al exterior no adosados, y con muros divisorios que la dividen completamente, desde suelo a la cubierta de la techumbre, con otros sectores o instalaciones destinadas a otros usos o al almacenamiento de otras clases de sustancias”.
Características de las Bodegas Adyacentes
De acuerdo al Artículo 34, en las bodegas adyacentes se podrán almacenar un máximo de 10 toneladas de sustancias inflamables
Solución – Sugerencia Remain: La cantidad a almacenar no supera el limite indicado.
Artículo 35.- Las bodegas para sustancias peligrosas deberán ser cerradas en su perímetro por muros, resistentes a la acción del agua, con techumbre y piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e impermeable y no poroso. Sin perjuicio de lo que determine la OGUC, las bodegas de sustancias peligrosas no podrán construirse con un estándar menor al tipo C, según Art. 4.3.3 de dicha Ordenanza y, los muros perimetrales no soportantes no podrán tener una Resistencia al fuego menor a 15 minutos.
Solución – Sugerencia Remain: La bodega cuenta con muros y puertas con panel Resistencia al fuego RF-120.
Artículo 50.- No deberán existir bodegas para sustancias peligrosas adosadas a casinos de alimentación. Si una bodega de este tipo está contigua a un casino, los accesos de ambas instalaciones no podrán estar enfrentados.
Solución – Sugerencia Remain: según visita a terreno no aplica
Artículo 51.- Las bodegas para sustancias peligrosas deberán contar con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, cuyo tipo, cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otras características, deberán estar de acuerdo a lo establecido en el decreto N° 594 de 1999, del Ministerio de Salud. Las bodegas que funcionen con ambientes controlados, podrán ubicar el sistema manual de extinción en el exterior de la bodega.
Solución – Sugerencia Remain: La bodega cuenta sistema manual de extinción de incendio y su respectiva memoria de cálculo DS594
Artículo 52.- Las bodegas para sustancias peligrosas que contengan líquidos deberán tener un sistema de control de derrames, el que podrá consistir en:
  • Bodega auto contenida, con piso de pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o con contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro.
  • Sistema de recolección conectado a una cámara de contención estanca la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo de 1,1 m3.
Solución – Sugerencia Remain: La bodega cuenta con una bandeja de contención integrada de 2.500 litros y una inclinación de un 2% hacia la válvula de drenaje ubicada en el extremo.
Adicionalmente, tanto las bodegas que almacenen líquidos como sólidos, deberán contar con agentes de absorción y/o neutralización.
Solución – Sugerencia Remain: La bodega cuenta con un kit antiderrame y porta kit.
Artículo 54.- Deberá mantenerse una distancia de 0.5 m entre las sustancias peligrosas almacenadas y los muros. Se exceptuarán de esta última distancia aquellas bodegas de una superficie menor o igual a 120 m2 y aquellos que almacenen en estanterías o racks.
Solución – Sugerencia Remain: Se confirma que esto aplica a las bodega suministrada.
Artículo 61.- Deberán existir duchas y lavaojos de emergencia a no más de 20 m de las puertas de carga/descarga, ya sea al interior o exterior de la bodega.
El cabezal de la ducha de emergencia deberá tener un diámetro suficiente para impregnar totalmente al afectado, como mínimo deberá ser de 20 cm. Los accesos a las duchas y lavaojos de emergencia deberán estar libres de obstáculos, debidamente señalizados y sus aguas residuales deberán ser canalizadas a un sistema de desagüe u otro sistema de contención.
Las bodegas exclusivas para inflamables, del tipo adyacente, deberán tener muros divisorios comunes, cortafuegos con una RF mínima de 180 y los muros externos deberán tener una RF mínima de 120. Todos los muros deberán ser de material no combustible, y deberán contar con techo con cubierta liviana.
Solución – Sugerencia Remain: Nuestra solución muro divisorio es utilizar 02 paneles RF-120.
Artículo 83.- Las bodegas que almacenan sustancias inflamables, adyacentes o separadas, podrán ubicarse en una zona mixta, que permita bodegas, siempre que mantengan una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes cuando en ellas se almacenen hasta 10 t y de 5 m, cuando se almacenen sobre 10 t y no superen las 30 t.
Solución – Sugerencia Remain: Recomendamos chequear la ubicación final definida por el cliente, de acuerdo a lo indicado.
Las bodegas del tipo adyacentes que almacenen sustancias inflamables podrán instalarse en zonas industriales, debiendo mantener una distancia mínima de 5 m a sus muros medianeros o deslindes.
Solución – Sugerencia Remain: Recomendamos chequear la ubicación final definida por el cliente.

LA TAREA PENDIENTE EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS

En los últimos años, Chile ha fortalecido una institucionalidad ambiental cuyo rol ha permitido visibilizar la acción de organismos como el Ministerio del Medio Ambiente, Servicio de Evaluación Ambiental o los Tribunales Ambientales permitiendo que el país por ejemplo aumentara sus áreas marinas protegidas o fuese considerado en 2017 como un ejemplo mundial en materia de crecimiento en energía solar.

Sin embargo, la ocurrencia de episodios críticos como el de Puchuncaví-Quintero o la crisis de residuos sólidos acontecida pocos días atrás en Ancud, nos traen bruscamente a la realidad y nos permiten constatar que, a pesar de los esfuerzos, aún hay una importante tarea por delante. Tomemos por ejemplo el caso de los residuos sólidos domiciliarios (RSD); de acuerdo a la SUBDERE (año 2018), en Chile cada persona genera a nivel domiciliario en promedio 1,22 kg al día de residuos. El principal destino de estos residuos deben ser sitios de disposición final debidamente autorizados para ofrecer este servicio, pero sólo cerca del 23% son rellenos sanitarios que atienden a más del 77% de la población que cuenta con servicio de recolección de residuos, con un problema evidente como es que los demás sitios autorizados son vertederos o basurales, que no cuentan con impermeabilización ni manejo del gas producido.

Además, cerca del 33% de estos sitios (rellenos sanitarios, vertederos y basurales) han cumplido su vida útil; así como un volumen importante de RSD es dispuesto informalmente en ríos, zonas periféricas de ciudades, playas o quebradas, como sucede en Valparaíso. Sin duda la solución no es trivial, es claro que aumentar la capacidad de disposición final mediante la construcción de nuevos rellenos sanitarios entrará en conflicto con una población cada vez más activa y empoderada en temas ambientales y que no quiere cerca de su casa un sitio de estas características, los que tradicionalmente se ubican en la periferia o en comunas menos favorecidas económicamente.

Pero existen opciones, que sin duda deben ser evaluadas, y que ofrecen una alternativa a la disposición tradicional de RSD entendiendo que es posible reducir la cantidad de residuos que llegan a este destino. En Chile la Ley 20.920, ley marco para la Gestión de Residuos, Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, ha incentivado a que empresas se hagan cargo de lo que sus procesos y productos generan hasta llegar al consumidor final. A nivel domiciliario la contaminación cruzada y mezcla de residuos dificulta enormemente pensar en reciclar materiales. En Chile se estima que menos de un 10% de los residuos domiciliarios son reciclados, mientras que en la Comunidad Europea esta cifra alcanza en promedio un 28%, con algunos países incluso declarando niveles de reciclaje de 47%. Por otra parte, existen alternativas tecnológicas que permitirían valorizar energéticamente la materia orgánica de los RSD en plantas de biogás, cuyos subproductos son aprovechables para fines agrícolas. Pero sin duda, reducir la generación de residuos como país, es clave y está por encima de reciclar, tratar o disponer.

Para algunos pensar en recolección y transporte segregado aún está lejos, es como “querer correr cuando aún estamos empezando a caminar”, pero si nos conformamos y no nos imaginamos corriendo, es muy difícil que empecemos a hacerlo. Un cambio de conductas a la hora de generar, recoger y transportar nuestros residuos es hacia donde debemos encaminar los esfuerzos.

Ociel Cofré vía La Tercera | mayo, 2019

BODEGA REAS (Sala de Residuos)

Remain es una empresa fabricante de productos ambientales y este año 2019 como nuevo desarrollo ha diseñado una bodega especialmente para los  Residuos generados en establecimientos de atención de salud, según lo indicado por la Autoridad Sanitaria, la bodega REAS Remain cumplen con lo siguiente:
– Tiene una capacidad suficiente para almacenar las diferentes categorías de residuos generadas en el establecimiento, considerando el número y tipo de contenedores y las frecuencias de recolección y de envío a eliminación.
– Cuenta con un diseño que permite un trabajo seguro, facilitando el acceso del personal, y, cuando corresponda, la maniobra de los carros de recolección interna.
– Cuenta con sectores separados y señalizados para las diferentes categorías de REAS generados en el establecimiento.
– Cuenta con puertas de cierre ajustado y provistas de cerrojo que permitan el acceso y retiro de los residuos.
– Cuenta con Iluminación artificial y ventilación adecuada a los residuos almacenados.
– Esta habilitada con Ductos de ventilación, ventanas, pasadas de tuberías y otras aberturas similares, protegidos del ingreso de vectores de interés sanitario.
– Esta diseñada con Piso y paredes revestidas internamente con material liso, resistente, lavable, impermeable y de color claro. El piso con una pendiente de, al menos, 2% orientada hacia un sumidero conectado al sistema de alcantarillado.
– Tiene a disposición un área de lavado y desinfección de contenedores dotada de los elementos necesarios para realizar esa actividad.
 – Cuenta con lavamanos suficientes para permitir el aseo del personal que allí se desempeña.

CHECKLIST REMAIN PARA BODEGA RESIDUOS PELIGROSOS (RESPEL)

Remain te sugiere utilizar el siguiente Checklist para conocer y confirmar si tu bodega Respel cumple con la normativa ambiental.
ALGUNAS DEFINICIONES IMPORTANTES
Corrosividad: proceso de carácter químico causado por determinadas sustancias que desgastan a los sólidos o que puede producir lesiones más o menos graves a los tejidos vivos.
Inflamabilidad: la capacidad para iniciar la combustión provocada por la elevación local de la temperatura. Este fenómeno se transforma en combustión propiamente tal cuando se alcanza la temperatura de inflamación.
Reactividad: potencial de los residuos para reaccionar químicamente liberando en forma violenta energía y/o compuestos nocivos ya sea por descomposición o por combinación con otras sustancias.
Residuo o desecho: sustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone eliminar o está obligado a eliminar.
Residuo Peligroso: Residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directo o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar algunas de las características señaladas en el Reglamento
Toxicidad: capacidad de una sustancia de ser letal en baja concentración o de producir efectos tóxicos acumulativos, carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos.
CARACTERISTICAS GENERALES DE BODEGAS DE RESIDUOS PELIGROSOS
1) CONDICIONES CONSTRUCTIVAS
ESTRUCTURA DE LA BODEGA
¿Existe un Estudio de Carga Combustible de la Bodega? (según OGUC)
¿Los recipientes que contiene los residuos peligrosos utilizados, son de material plástico?
¿Utilizará pallet de madera para almacenar los residuos peligrosos?
CONTENCION DE DERRAME
¿Su bodega almacenará residuos peligrosos en estado líquido?
¿Su bodega almacenará residuos peligrosos en estado sólido?
¿el recipiente de mayor tamaño será un tambor de 220 litros de capacidad?
¿el recipiente de mayor tamaño será un contenedor IBC de 1.000 litros de capacidad?
SISTEMA DE ILUMINACION
¿La bodega que desea adquirir contará con iluminación interior?
¿Almacenará líquidos inflamables?
2) CONDICIONES DE PROTECCION DE INCENDIO
EXTINCION AUTOMATICA DE INCENDIO
¿La bodega cotizada, almacenará mas de una característica de peligrosidad de residuos peligrosos ?
3) CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO
¿Almacenará mas de 12 toneladas de residuos peligrosos?
¿Cuenta con Plan de Manejo de Residuos Peligrosos?
4) INCOMPATIBILIDAD DE RESIDUOS PELIGROSOS
¿Cuenta con un estudio que determine la incompatibilidad de residuos peligrosos almacenados,  según el D.S. Nº  148?

Manejo y Retiro de Residuos Peligrosos en Chile

Somos especialistas en el Manejo, Retiro y Disposición final de Residuos Peligrosos a lo largo de todo Chile. Nuestra experiencia basada 100% en el cumplimiento del Decreto Supremo n° 148 del Minsal 2003, nos faculta para entregar a nuestros clientes una completa asesoría al momento de realizar sus declaraciones a través de la SIDREP.

Nuestro servicio contempla la gestión y manejo integral de Residuos Peligrosos, teniendo en consideración el paletizado, rotulado, la categorización y preparación de los residuos para el transporte debidamente seguro y en regla.

Entre los Residuos más comunes se encuentran los Reactivos e Insumos Químicos de Laboratorios y también los Derivados de Hidrocarburos como EPP, Cartones, Plásticos, Tierras, Borras, Gomas, Filtros, Pinturas, Aceites y Aguas HC.